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Autónomos: cómo puedes acogerte a Ley de Segunda Oportunidad

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Autónomos: cómo puedes acogerte a Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite cancelar deudas a personas en situación de insolvencia. 
Está pensada para que particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago eliminen de manera total o parcial sus deudas. Te contamos en qué consiste esta ley, sus novedades y cómo puedes acogerte a ella.

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Exportación: Trámites legales y documentación necesaria

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Exportación: Trámites legales y documentación necesaria

La mejora de las comunicaciones ha facilitado la exportación de productos y servicios de muchas empresas españolas, que ven en el mercado común y el comercio internacional una oportunidad de aumentar sus beneficios. Sin embargo, hay algunos trámites legales que cumplir antes de comenzar. Descubre paso a paso cómo exportar.
Si tienes una empresa, sabrás que el comercio exterior es una ventana de posibilidades que permite incrementar exponencialmente el volumen de negocio y abrir tus productos a nuevos mercados.

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Pagos en efectivo: el límite de 2.500 euros

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Pagos en efectivo: el límite de 2.500 euros

El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Es una de las máximas de todo ordenamiento jurídico. Te decimos esto porque si tienes un negocio puedes estar infringiendo las normas sin darte cuenta con los pagos en efectivo.  ¿Sabías que existe un límite para hacer pagos en efectivo? Es de 1.000 euros, desde el 11 de julio de 2021 – antes era de 2.500 euros.  La Ley 11/2021, de 9 de julio v, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal es la norma que introdujo los cambios en la regulación en el momento de hacer pagos en efectivo. En ella se establece la prohibición de pagar cantidades en efectivo superiores a los 1.000 euros. Eso también incluye su contravalor en moneda extranjera, por si lo habías pensado o tu empresa suele trabajar con divisas.  Del mismo modo, con la finalidad de reforzar el control tributario sobre las monedas virtuales, esta ley establece dos nuevas obligaciones informativas referidas a la tenencia y operativa con las mismas.  Además de la divisa extranjera también se considera pago en efectivo el cheque al portador. De hecho es el sistema “al portador” el que queda enteramente afectado por la norma ya que hay medios electrónicos equivalentes a un cheque al portador que también son considerados como pago en efectivo y que, por tanto, obedecen al límite de los 1.000 euros.  Hay que tomárselo en serio porque la normativa afecta a cuando se vamos a hacer pagos en efectivo en los que participen al menos una empresa o un emprendedor. Las transacciones entre particulares no están incluidas en esta norma y por tanto no obedecen a ese límite. 

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